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martes, 12 de febrero de 2013

Recargo por uso de tarjetas de crédito no aplica en la Isla. Ojo al comerciante ladron !!


El designado secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Nery Enoc Adames Soto, alertó hoy que el recargo sobre las compras con tarjetas de crédito es prohibido por ley en Puerto Rico.
La advertencia la lanzó ante una decisión judicial en los Estados Unidos que permite a los comerciantes impongan a los consumidores los costos que implica procesar una transacción con tarjetas de crédito.
Según explicó Adames Soto en comunicado de prensa, este cargo podría responder a una propuesta de acuerdo legal al que llegaron Visa, MasterCard y algunos de los grandes bancos estadounidenses. El convenio pone fin a un juicio iniciado por minoristas que alegan que las compañías de tarjetas conspiraron con los grandes bancos para fijar comisiones de intercambio que deben sufragar cuando los clientes pagan con sus tarjetas. El acuerdo dispone una reducción temporal de las tarifas para los comerciantes y les permite imponer recargos a las compras de los clientes.
Ante tal decisión, el licenciado subrayó que en Puerto Rico está vigente la Ley número 150 de 4 de agosto de 2008, que prohíbe el sobrecargo a las transacciones de venta o arrendamiento a aquel consumidor que elige utilizar una tarjeta de crédito, en lugar de efectivo, cheque o cualquier otro método de pago similar.
En Puerto Rico es ilegal que el comerciante imponga un cargo adicional al consumidor que elija utilizar una tarjeta de crédito en lugar de efectivo. Lo que sí pueden hacer los comerciantes, es ofrecer descuentos para promover el pago en efectivo”, sostuvo el funcionario.
Adames Soto recalcó que cualquier persona que viole las disposiciones de la regulación se expone a una multa no mayor de quinientos $500 o pena de cárcel no mayor de seis meses, o ambas penas, a discreción del Tribunal.
El Secretario añadió que hoy remitirá una comunicación al secretario de Justicia, Luis Sánchez Betances, alertándole de la situación y solicitando una opinión sobre el efecto de este acuerdo en la Isla a la luz de lo que dispone la Ley de Puerto Rico.
“Puerto Rico no es la única jurisdicción donde se prohíbe este tipo de cargo. Diez estados tienen legislación similar. Estos son: California, Colorado, Conneticut, Florida, Kansas, Maine, Massachusetts, New York, Oklahoma y Texas”, sostuvo Adames.
Aunque el DACO prometió estar vigilante para que no se le pase el cargo a los consumidores, el secretario exhortó al consumidor a que se mantenga vigilante y que denuncie a aquellos comerciantes que violenten estas normas.
Las denuncias pueden hacerse a través de la página cibernética de la agencia www.daco.gobierno.pr o a través de la aplicación móvil.

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